Antecedentes
del Derecho Social
Entre finales del siglo XIX y comienzos del XX, las críticas al capitalismo se
agudizan y los derechos sociales experimentaron un renovado impulso
político e inclusión legal. Enérgicas experiencias reformistas inspiran el
surgimiento de Estados sociales liberal-reformistas en el mundo
anglosajón (Gran Bretaña, Nueva Zelanda y Australia) y sientan las bases de un modelo universalista y social
demócrata en los países escandinavos (Suecia, Noruega, Dinamarca). En el viejo
Imperio ruso y en México, por su parte, tienen lugar ensayos revolucionarios de
alcance diverso. En este último caso, las constituciones revolucionarias
recogen un generoso alcance de los derechos laborales, todo ello con alcance
limitado, deformado o simplemente cancelado por la realidad política (Pisarelo,
2003:26).
Mendieta y Núñez (1980:41), señalan que los
orígenes del Derecho Social
fueron por causas sociológicas profundas, antecedentes lejanos, pero más
que nada, obedece a un conjunto de circunstancias propias de
su tiempo y que se constituyeron con
la aportación de varias corrientes creadoras. Así, los
acontecimientos de la Revolución Industrial y la implantación del sistema económico liberal, que dieron
origen a la clase trabajadora, constituyeron la sustancialdelDerecho
Social; y tales hechos no pasaron
desapercibidos para grandes pensadores que
expresaron nuevas ideas para
aliviar las desigualdades sociales y proteger a los económicamente débiles
(Dávalos, 2001:109-110).
El nacimiento del Derecho Social, fue en el momento
mismo en que aparecieron los primeros grupos sociales, pero su
examen y su estudio comenzaron a realizarse recientemente de una manera analítica y
crítica; las cuestiones que el mismo estudia ya existían, independientemente de
que se les analizara esquemáticamente por la ciencia del Derecho Social, que en
su establecimiento no llega al centenario.
El
Derecho Social no crea los problemas
sino que los estudia y explica
científicamente y resume algunas teorías con respecto a su origen que expresan
los maestros
Trueba y de la Cueva, tiene su fuente y fundamento en la Constitución Mexicana
(Delgado,
1977:59-60).
1977:59-60).
La sociedad se sirve del Estado
para la satisfacción de sus necesidades, y cuando la sociedad ha impuesto al
Estado la obligación de servirle es cuando ha logrado elevar sus derechos al
marco legislativo surgiendo entonces e l derecho social. El derecho social ha
sido, desde su nacimiento, el gran equilibrador de las desigualdades sociales y
por ello el instrumento de estabilidad política de que se han valido los
gobiernos para mantenerse en el poder; en la medida en que los sectores de la
sociedad que caen bajo sus disposiciones vean disminuidos, formal y
materialmente, las garantías que se les otorgan y que obtuvieron mediante la
lucha, existirá el riesgo de verse obligados a continuar la misma pero adoptando
medidas que transgredan el orden establecido, toda vez que éste los oprime, les
coarta la posibilidad de desarrollo (Dávalos, 2001:110-111).
En
1919 se establece la constitucionalizarían y la internacionalización del
Derecho social. En el Tratado de Versalles, nace la Sociedad
de Naciones, la cual da origen a la Organización Internacional del Trabajo,
además de la Constitución de Weimar de Alemania que junto a la
Constitución de México sancionada dos años antes, dieron origen al
constitucionalismo social, que estableció el
Estado de Bienestar y reconoció los
derechos de los trabajadores (Casal, Arizmendi y Carrillo,
2007:143-145).
El criterio que manejó Von Gierke para clasificar a las normas en tres ramas primarias o fundamentales es el relativo a la forma como el orden jurídico contempla al hombre para regular su conducta. De acuerdo con el criterio diferencial que propone Otto Von Gierke, en el derecho social deben catalogarse todas las normas que regulan las relaciones interhumanas, considerando al hombre no como persona plenamente individual, sino en sus relaciones con un cuerpo social, como integrante de lo social (Fix, 1996:3er. párrafo).
Una vez que el hombre ha comenzado a explotar al hombre, surge un sistema de gobierno en el que el explotador podía disponer a su antojo hasta de la vida misma de los explotados. Al tiempo, la explotación de un solo hombre hacia su pueblo, surge el Estado como ficción jurídica, se une al Derecho legalizando la explotación del hombre por el hombre, en esta quimera legal aparecen plenamente identificados los derechos públicos y privado, que rematan desde entonces al Derecho Social (Delgado, 1977:74-75).
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